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DUA de Importación

El DUA de importación (Documento Único Administrativo) contiene toda la información para el cumplimiento de las formalidades aduaneras requeridas para las operaciones de intercambio de mercancías a la importación, y también sirve de base para la declaración tributaria, realizada a través de un agente de aduanas o de un Operador Económico Autorizado (OEA). Entre otras, el DUA debe cumplimentarse para las siguientes operaciones de importación:

Importación definitiva o temporal de mercancías procedentes de terceros países.

Importación en Península y Baleares de mercancías procedentes de Ceuta y Melilla y de cualquier territorio de un Estado miembro que no sea territorio aduanero de la UE.

Importación en Ceuta y Melilla de mercancía de cualquier procedencia, excepto de la Península y Baleares o de las Islas Canarias.

Importación de mercancía no comunitaria procedente de un depósito franco o zona franca.

Importación/Introducción en las Islas Canarias de mercancía de cualquier procedencia.

• Introducción procedente de parte del territorio aduanero de la UE donde no sea de aplicación la Directiva 771388/CEE y de mercancías cuya introducción implique la realización del hecho imponible de importación a efectos de IVA.

EL DUA de Importación lo elabora habitualmente un declarante EDI autorizado por el departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Tributaria. Puede ser un agente de aduanas o un OEA (Operador Económico Autorizado). A diferencia del DUA de Exportación este documento detalla el importe de la deuda aduanera (derechos arancelarios e impuestos) que debe satisfacerse por la tipología del producto –nomenclatura armonizada TARIC – y el país de origen. Por tanto, es el documento que utiliza el agente de aduanas para concretar la liquidación, en base a la información que dispone del producto. Todas las operaciones de importación deben documentarse con su propio DUA y este puede ser requerido por la aduana para aclaraciones y demostraciones de las mismas durante los tres años siguientes a su emisión. Documentos de Comercio Internacional.