INTRASTAT

Se trata de una declaración estadística por la que se detallan las ventas y compras entre países intracomunitarios, permitiendo la compensación fiscal sin liquidación de impuestos. Están obligados a presentar la declaración Intrastat todas las empresas de la Unión Europea cuyo volumen de comercio (de exportación o importación) con países de la UE supere una determinada cantidad anual. Existen dos tipos de declaración:

• Intrastat – Declaración de Expedición: recoge las expediciones (exportaciones- ventas) de mercancías nacionales desde el territorio estadístico de la empresa declarante con destino a un Estado miembro de la UE, o bien de mercancías de un país tercero, una vez que han pasado el despacho de importación en el país de la empresa declarante y se venden en otro país de la UE.

• Intrastat – Declaración de Introducción: recoge las introducciones (importaciones-compras) en el territorio estadístico de la empresa declarante procedentes de otros Estados miembros de la UE, o bien de mercancías de países terceros, una vez que han pasado el despacho de importación en el país de la empresa declarante y se venden en otro país de la UE.

La declaración que Intrastat sólo puede hacerse por vía telemática a través de la página web de la Agencia Tributaria. El único requisito es estar en posesión de un Certificado de Usuario (firma electrónica) otorgado por alguna de las Autoridades de Certificación acreditada para ello. A través de un formulario electrónico es posible cumplimentar la declaración online, así como realizar modificaciones y anulaciones de declaraciones realizadas con anterioridad.