Origen de las mercancías
Como principio general, se considera país de origen de la mercancía aquel en el que haya sido recolectada, extraía del suelo, producida o fabricada. Las mercancías extraídas del mar por buques se considerarán originarias del país en que están abanderados aquellos. La misma consideración tendrán los productos resultantes de la manipulación de dichas mercancías realizada a bordo de los buques que las haya extraído del mar. Cuando una mercancía haya sufrido manipulaciones o transformaciones en distintos países, la normativa no está clara, pero, simplificando, puede decirse que se considerará originaria de aquel país en el que de la incorporación de trabajos o materiales de la misma se derive un cambio de partida arancelaria o un aumento de su valor en determinados porcentajes.