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Avería gruesa

Perjuicio o gasto en los que incurre deliberadamente el capitán de un buque al arrojar parcial o totalmente las mercancías al mar, con el fin de evitar el daño de pérdida parcial o total de la carga y del buque, en beneficio del interés común. Cuando tiene lugar, la pérdida económica que de ella se derive se reparte proporcionalmente entre todas las partes que hayan sido beneficiadas por la decisión del capitán. Los tres elementos que tienen que soportar la avería gruesa son: las mercancías, el buque y el flete.  Si las mercancías arrojadas al mar se recuperan, podrán ser reclamadas por su propietario o por la compañía aseguradora, contra el pago de los gastos de salvamento.