Contrato de agente comercial

En este contrato una persona natural o jurídica (Agente) se obliga frente a otra (Principal), de manera continuada, a cambio de una remuneración, a promover actos u operaciones de comercio por cuenta ajena, como intermediario independiente, sin asumir, salvo pacto en contrario, el riesgo de las operaciones. La remuneración del agente se establece, habitualmente, mediante comisiones sobre ventas, si bien, en algún caso, pueden acordarse ciertos gastos en concepto de viajes o actividades de promoción. Normalmente, las comisiones consisten en un porcentaje sobre el importe de las ventas efectivamente cobradas, en las que ha intermediado el agente. Dicho porcentaje, depende habitualmente de las prácticas del sector en el que opere la empresa; como norma general, en la medida en que las ventas son de pequeños importes, el porcentaje será mayor, para compensar al agente de todas las gestiones y gastos necesarios para obtener las ventas. Las comisiones se pagarán al Agente, no más tarde del último día del mes siguiente al trimestre natural en el que hubiera nacido el derecho a la comisión, salvo que se hubiere establecido en el contrato un plazo inferior. A diferencia del Contrato de Distribución Comercial, el agente tiene derecho a una indemnización por clientela a la finalización del contrato, si su actividad durante el mismo puede continuar produciendo ventajas a la empresa. Esta indemnización también existe en el caso de que el contrato se extinga por fallecimiento del agente. La indemnización se calcula sobre el importe medio anual de las comisiones recibidas por el agente durante los últimos cinco años, o durante todo el período de duración del contrato, si éste fuera inferior. Este derecho a reclamar la indemnización prescribe al año de la extinción del contrato. Modelo de Contrato de Agente Comercial.