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Perfeccionamiento pasivo

La normativa de la Unión Europea lo define como la posibilidad de exportar temporalmente mercancías para someterlas a operaciones de perfeccionamiento y obtener productos llamados compensadores, que son despachados a libre práctica en el territorio comunitario, con exención total o parcial de los derechos de importación. En general, pueden acogerse a este régimen todas las mercancías, cualquiera que sea su origen o especie. Sin embargo, es posible formular restricciones por motivos de seguridad o para proteger la propiedad industrial o comercial. Tampoco se admiten aquellas mercancías que desaparezcan al ser transformadas y no se incorporen, por tanto, a los productos compensadores. Puede encontrarse más información en Libros & eBooks de Comercio Internacional.