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Echazón

Acción de arrojar deliberadamente al mar la totalidad o parte de la carga de un buque con la finalidad de salvar el resto de las mercancías y el propio buque. Se produce en situaciones de avería gruesa en las que las pérdidas de las mercancías arrojadas al mar deben ser soportadas por todos aquellos propietarios de las mercancías que no han sido arrojadas, así como por los propietarios del buque. La echazón debe comenzar por las mercancías de menor valor y que más estorben y que se hallen sobre cubierta. Si las mercancías arrojadas al mar se recuperan, podrán ser reclamadas por su propietario o por la compañía aseguradora, contra el pago de los gastos de salvamento.